Vie. Jun 19th, 2026

Veracruz tiene más de 6 mil presos sin sentencia y sus cárceles ya están rebasadas

Veracruz tiene más de 6 mil presos sin sentencia y sus cárceles ya están rebasadas
Spread the love

Más del 62% de los internos no tiene sentencia y especialistas advierten riesgos para los derechos humanos, la gobernabilidad y la reinserción social

Centros de Reinserción Social (Ceresos) de Veracruz enfrentan sobrepoblación y más del 62% de las personas internas no cuentan con una sentencia.

El reporte del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional señala que al corte del pasado mes de abril había una población de nueve mil 752 personas internas en los 17 Ceresos de Veracruz.

De este total, solo tres mil 447 internos contaban con una sentencia: tres mil 219 hombres y 228 mujeres; sin embargo, seis mil 25 personas se encuentran internas, pero carecen de una sentencia: cinco mil 431 hombres y 594 mujeres.

Los datos especifican que existe sobrepoblación, ya que los penales de la entidad tienen capacidad únicamente para seis mil 946 internos. De manera general, hay dos mil 806 internos más de los que deberían tener estos espacios.

La sobrepoblación de estos penales se debe a que de manera mensual se registra el internamiento de hombres y mujeres señalados de haber cometido algún delitos.

Ejemplo de ello es que durante el mes de marzo ingresaron a los penales 533 hombres y 104 mujeres dando un total de 637 personas. Contrario a ello, los egresos fueron 242, de los cuales 206 fueron hombres y 36 mujeres.

¿Cuántos internos hay en los penales de Veracruz?

  • El Cereso de Huayacocotla, en el norte de la entidad, es el único sin sobrepoblación, pero cuenta con cupo lleno porque únicamente tiene 72 espacios y hay ese mismo número de internos.
  • El Cereso de Amatlán cuenta con una capacidad para mil 7 internos y suma dos mil, por lo que su sobrepoblación es de 993 personas.
  • El Cereso de Pacho Viejo tiene una capacidad para 875 internos y suma mil 369, por lo que su sobrepoblación es de 494 personas.
  • El Cereso de Papantla cuenta con una capacidad para 301 internos y suma 495, por lo que su sobrepoblación es de 194 personas.
  • El Cereso de Jalacingo cuenta con una capacidad para 144 internos y suma 333, por lo que su sobrepoblación es de 189 personas.
  • El Cereso de Coatzacoalcos tiene capacidad para mil 632 internos y suma mil 791, por lo que su sobrepoblación es de 159 personas.
  • El Cereso de Poza Rica tiene una capacidad para 265 internos y suma 389, por lo que su sobrepoblación es de 124 personas.
  • El Cereso de Tantoyuca tiene una capacidad para 110 internos y suma 252, por lo que su sobrepoblación es de 122 personas.
  • El Cereso de Misantla cuenta con una capacidad para 234 internos y suma 355, por lo que su sobrepoblación es de 121 personas.
  • El Cereso de San Andrés Tuxtla tiene una capacidad para 330 internos y suma 447, por lo que su sobrepoblación es de 117 personas.
  • El Cereso de Pánuco cuenta con una capacidad para 69 internos y suma 160, por lo que su sobrepoblación es de 91 personas.
  • El Cereso de Cosamaloapan cuenta con una capacidad para 421 internos y suma 492, por lo que su sobrepoblación es de 71 personas.
  • El Cereso de Chicontepec tiene una capacidad para 45 internos y suma 111, por lo que su sobrepoblación es de 66 personas.
  • El Cereso de Tuxpan cuenta con una capacidad para 735 internos y suma mil 763, por lo que su sobrepoblación es de 28 personas.
  • El Cereso de Ozuluama cuenta con una capacidad para 93 internos y suma 110, por lo que su sobrepoblación es de 17 personas.
  • El Cereso de Acayucan tiene una capacidad para 449 internos y suma mil 463, por lo que su sobrepoblación es de 14 personas.
  • El Cereso de Zongolica tiene una capacidad para 164 internos y suma 170, por lo que su sobrepoblación es de seis personas.

Se busca mejorar las condiciones de los penales

Sobre este tema, el diputado local independiente Héctor Yunes Landa aseguró que las órdenes de aprehensión se han aplicado de tal manera que los penales están sobrepasados.

“Tenemos más de seis mil detenidos que permanecen sin una sentencia, es decir, que no se ha determinado si son culpables o inocentes”, dijo.

Mencionó que en los últimos años se ha generado una emisión masiva de órdenes de aprehensión.

“No solo se abusa de la emisión de órdenes de aprehensión, también se ha recurrido a la prisión preventiva como si fuera la única medida cautelar existente en el sistema de justicia penal”, comentó.

De la misma forma, manifestó que la presunción de inocencia se encuentra reconocida en la Constitución Política y en los Tratados Internacionales, por lo que exige que toda persona sea tratada como inocente mientras no exista una sentencia firme.

“La violación a este principio tiene consecuencias jurídicas de enorme gravedad, tanto para el Estado como para los funcionarios”, puntualizó.

El legislador recordó que presentó una iniciativa para actualizar el Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de presunción de inocencia, a fin de que se sancione institucionalmente el uso arbitrario de órdenes de aprehensión y medidas privativas de libertad, cuando éstas se dicten sin base constitucional, legal o probatoria suficiente.

Esta iniciativa indica que en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que “Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en este Código”.

Ante ello, se plantea si en violación a este principio la persona imputada es privada de su libertad por ordenarse en su contra una orden de aprehensión, medida cautelar de prisión preventiva justificada u oficiosa, o cualquier otra determinación judicial privativa de libertad, en las que se actualice cualquiera de los siguientes supuestos:

  • a) Sin que se cumplan las formalidades esenciales del proceso.
  • b) Sin que existan datos suficientes para establecer que se ha cometido un hecho con apariencia de delito o la probable participación del imputado.
  • c) Cuando de los propios datos aportados resulte evidente que los hechos carecen de apariencia delictiva.
  • d) Cuando el hecho denunciado no sea sancionado con pena privativa de libertad.

Además, se prevé que los jueces y Ministerios Públicos que intervengan, ordenen o soliciten dichos actos, serán, de manera inmediata, separados de sus cargos y sujetos a los procedimientos administrativos y penales a que hubiere lugar.

El hacinamiento es un tema que se debe revisar

De acuerdo con el abogado José Luis González Sandoval el hacinamiento es un problema que persiste en todos los Ceresos del estado, ya que el crecimiento de los internos ha crecido considerablemente.

“Aunado al problema del hacinamiento se debe considerar que este acto puede generar un acto de ingobernabilidad al interior y puede dañar el respeto a los derechos humanos de los reos”, dijo.

Refirió que estos espacios son organismos para reinsertar socialmente a todas las personas que se encuentran privadas de la libertad por haber cometido algún delito, pero este acto ya se ha desnaturalizado.

“Se tiene que hacer una revisión del funcionamiento de estos espacios, lo ideal sería que hubiera más penales en la entidad”, expresó.

Puntualizó que una de las causas de que persista el hacinamiento en los penales de la entidad, es la prisión preventiva oficiosa que existe en Veracruz.

“Este es un tema que se ha puesto en la mesa desde hace varios años, ya que  gran parte de la población penitenciaria no tienen sentencia y eso genera que haya muchos internos en espera, cada mes el número de internos crece porque la situación sigue siendo la misma”, comentó.

Fuente: OEM / Diario de Xalapa

Penales de Veracruz al borde del colapso: sobrepoblación y prisión preventiva disparan la crisis – Diario de Xalapa

Por editorial

Related Post